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No han pasado todavía ni 2 mes desde la última modificación sobre la regulación de las instalaciones solares fotovoltaicas realizada en diciembre de 2012 (Ley 15/2012) que impone un impuesto del 7% para los productores fotovoltaicos y se publica de nuevo otro golpe para las instalaciones productoras de energía renovable, el Real Decreto-Ley 2/2013 de 1 de febrero, de medidas urgentes en el sistema eléctrico y en el sector financiero que sirve para realizar más recortes sobre el sistema ya establecido de retribuciones a las instalaciones renovables. De nuevo se utiliza el recurso del Real Decreto-Ley, creado en la Constitución Española solo para regular situaciones excepcionales y se aplica de forma sistemática para recortar en el sector de la energía renovable.
En su artículo 1 este Real Decreto-Ley establece una modificación en el método de actualización de las tarifas reguladas que reciben los productores. A partir del 1 de enero de 2013 esta tarifa no se actualizará con el IPC general (garantizado por el Real Decreto 661/2007) sino que se regulará con el IPC a impuestos constantes sin alimentos no elaborados ni productos energéticos. Es decir, el IPC de aplicación para las tarifas fotovoltaicas no tendrá en cuenta la evolución de los precios en el sector energético!! Así funciona la lógica y el sentido común de los reguladores…
En la práctica esto significa que para 2013, de acuerdo con el Real Decreto 661/2007, la tarifa fotovoltaica se iba a actualizar en función del IPC general -0,5 puntos, lo que suponía un incremento del 2,975%, mientras que con la aplicación del RDL 2/2013 la actualización se queda en -0,028%, por lo que las instalaciones cobrarán menos.
Para mi instalación de 5,0kW de potencia nominal, el incremento del IPC -0,5% podía suponer un incremento de 125€ de facturación para el año 2013 (teniendo en cuenta ya el recorte de horas aplicado en el RDL 14/2010, que es del 30%) y que podría haber servido para pagar parte del impuesto del 7% que se creó hace menos de 2 meses mediante la Ley 15/2012. Por el contrario con esta nuevo recorte mi instalación ingresará menos que el año pasado.
La medida se ha tomado con total ausencia del diálogo, y lo que hace es empeorar la complicada situación en la que se encuentran decenas de miles de productores de energía fotovoltaica que ya están atrapados por haber confiado ingenuamente en la seguridad jurídica de España.
Otra medida que el Real Decreto-Ley 2/2013 establece es la obligatoriedad de utilizar la tarifa regulada para todas las instalaciones renovables, salvo que el titular de la instalación decida percibir solamente el precio de mercado (sin prima). Esto elimina la posibilidad de elección del sistema retributivo de precio de mercado que se garantizaba con el Real Decreto 661/2007 y al que algunos productores (especialmente grandes generadores) se podían acoger.
La motivación por parte del Gobierno para realizar este nuevo recorte sobre el sistema retributivo de las instalaciones solares fotovoltaicas era reducir el mal llamado déficit de tarifa. Un déficit de tarifa que no está provocado por las renovables, ya que si lo estuviera, en estos años de recortes salvajes sobre los productores fotovoltaicos se hubiera reducido o al menos contenido y la realidad es que continúa creciendo, lo que demuestra que este déficit de tarifa no es más que un artificio contable de las compañías del oligopolio eléctrico que el Gobierno ha aceptado sin entrar a evaluar.
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