Historia de una fotovoltaica XI. Rentabilidad razonable, ¿para quién?

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Nadie sabe a ciencia cierta cuál es la situación de las primas para las instalaciones solares fotovoltaicas conectadas a red. El pasado 12 de julio el Gobierno publicó el Real Decreto-Ley 9/2013 (de nuevo utilizando una figura jurídica de carácter excepcional) donde deroga TODAS las leyes anteriores relativas a las retribuciones y primas a las instalaciones solares, derogando el Real Decreto 661/2007 y el Real Decreto 1578/2008. El nuevo marco jurídico de las fotovoltaicas, el Real Decreto-Ley 9/2013, aprueba un nuevo sistema de retribución de primas desde ese mismo día, pero no explica cuál es este sistema de retribución de primas, lo que indica la falta de sentido común de los legisladores, o las prisas por cumplir con compromisos establecidos con el oligopolio eléctrico.

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Instalación Solar Fotovoltaica fuera de España, donde las energías renovables crecen cada año. Foto: Activ Solar (Flickr)

El nuevo Real Decreto-Ley 9/2013 sienta unas bases generales de la nueva regulación fotovoltaica, explicando que TODOS los proyectos deben tener una rentabilidad razonable, sin más detalle, algo que dicho así suena aceptable. Es obvio que el quid de la cuestión está en el detalle, esta «rentabilidad razonable» se explicará más adelante en otra normativa que se está desarrollando. Aquí lo que hace falta es ver que entiende el legislador por garantizar una «rentabilidad razonable». Desde el punto de vista de mi instalación de 5,0kW, si dejaran las primas como están y revocaran todos los recortes realizados hasta ahora, la Instalación Solar empezaría a llegar al punto de equilibrio entre gastos e ingresos (después de 6 años de estar en funcionamiento) y a partir de este momento podría empezar a producirse una rentabilidad razonable, claro, todo esto ocurriría si no se hubiera modificado innumerables veces la legislación fotovoltaica. De nuevo además, el Real Decreto-Ley 9/2013 aplica la retroactividad, siendo de obligado cumplimiento también para instalaciones ya en funcionamiento y con derechos teóricamente garantizados por leyes anteriores.

Pero lo que todo el mundo sabe es que si se cambia de nuevo la normativa (10º cambio de normativa desde el RD436/2004) es para realizar nuevos recortes, aunque lo quieran llamar «rentabilidad razonable», de hecho en el cálculo del impacto de la nueva regulación fotovoltaica el Gobierno ha provisionado unos 2.000M€ de recorte para las fotovoltaicas, que se ahorrarán en primas debido a este nuevo Real Decreto-Ley 9/2013. Haciendo una media muy burda y a modo de cálculo general e indicativo, este recorte podría suponer un recorte medio del 30% de los ingresos para cada instalación.

Han pasado unos meses y todavía no se sabe como se realizará. Si nos basamos en experiencias pasadas para saber cuanto tiempo pueden tardar en sacar los nuevos detalles de la regulación nos damos cuenta de que pueden pasar años y mientras tanto la inseguridad jurídica se agudiza, y la desprotección de los productores fotovoltaico frente a las agresiones normativa es total.

Todo lo que recibo en concepto de primas desde el 12 de julio de 2013 es provisional, después de la publicación del nuevo método de cálculo de las primas, se deberán recalcular de nuevo desde esta fecha y hacer una liquidación negativa (que será el caso) tendiendo que devolver una cantidade de dinero recibido (vamos a ver cuanto será finalmente). Es del todo improbable que cambien la ley para retribuir más a la fotovoltaica (y proporcionar una «rentabilidad razonable», que ahora no tengo) y que este nuevo cambio legislativo comporte recortes importantes en las primas.

Así que mi pregunta es, «rentabilidad razonable» en la nueva legislación para quién? Al menos les confirmo que no lo será para una instalación solar fotovoltaica de 5,0kW conectada a la red en enero de 2.007 y que costó 49.000€+IVA. Este nuevo cambio normativo no va a proporcionar ninguna «rentabilidad razonable» a los pequeños productores fotovoltaicos como yo, en cambio el Real Decreto-Ley 9/2013, es de facto, un nuevo recorte y puede ser el recorte que dé el golpe de muerte a las instalaciones solares fotovoltaicas de este país.

→ Ir a “Historia de una fotovoltaica XII. Real Decreto 413/2014, se consuma la estafa fotovoltaica”.

3 comments for “Historia de una fotovoltaica XI. Rentabilidad razonable, ¿para quién?

  1. marzo 18, 2016 at 15:50

    Gracias por la información. Es realmente importante conocer las funciones de un sistema fotovoltaico y todo lo relacionado y tu post está excelente, siempre estoy buscando para poder hacer crecer el contenido de http://enlight.mx y así poder colocar mi grano de arena en la ayuda al mundo.

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